En la clase del día de hoy, la maestra nos pidió
realizar la búsqueda de como esta definida la “pobreza” en la ley general de
desarrollo social, al realizar la búsqueda me di cuenta que la ley general de desarrollo
social no contiene una definición como tal, pero si los indicadores que se
deben de tomar en cuenta para
identificar la pobreza
CAPÍTULO
VI
DE
LA DEFINICIÓN Y MEDICIÓN DE LA POBREZA
ARTÍCULO
36.
Los lineamientos y criterios que establezca el Consejo Nacional de Evaluación
de la Política de Desarrollo Social para la definición, identificación y
medición de la pobreza son de aplicación obligatoria para las entidades y
dependencias públicas que participen en la ejecución de los programas de
desarrollo social, y deberá utilizar la información que genere el Instituto
Nacional de Estadística, Geografía e Informática, independientemente de otros
datos que se estime conveniente, al menos sobre los siguientes indicadores:
I.
Ingreso corriente per cápita;
II.
Rezago educativo promedio en el hogar;
III.
Acceso a los servicios de salud;
IV.
Acceso a la seguridad social;
V.
Calidad y espacios de la vivienda;
VI.
Acceso a los servicios básicos en la
vivienda;
VII.
Acceso a la alimentación;
VIII. Grado
de cohesión social, y. Grado de Accesibilidad a carretera pavimentada.
ARTÍCULO
37.
Los estudios del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo
Social deberán hacerse con una periodicidad mínima de cada dos años para cada
entidad federativa y con información desagregada a nivel municipal cada cinco
años, para lo cual deberán hacerse las previsiones presupuestarias
correspondientes en el Presupuesto de Egresos de la Federación, para que el
Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática pueda llevar a cabo
los censos, conteos y encuestas correspondientes.
Sin embargo la definición que da el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) al término “POBREZA” es:
Sin embargo la definición que da el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) al término “POBREZA” es:
Tener alguna carencia social (en los seis
indicadores de rezago educativo, acceso a servicios de salud, acceso a la
seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la
vivienda y acceso a la alimentación) y su ingreso es insuficiente para adquirir
los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades
alimentarias y no alimentarias
BIBLIOGRAFÍA
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (20 de
Enero de 2004). Cámara de Diputados. Recuperado el 02 de Mayo de 2016,
de Cámara de Diputados: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/264.pdf
CONEVAL. (2004). CONEVAL. Recuperado el 02 de Mayo de 2016, de CONEVAL: http://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/Glosario.aspx
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